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A  r  t  í  c  u  l  o  s  de
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                     colaborar por conseguir un gran pacto social y estatal sobre la   crear una jurisdicción especializada, como se hizo con la mercantil,
                     prevención de los accidentes de trabajo, para lo que, también con-  sino una especialización de facto como se hizo con los juzgados de
                     sideramos, que las asociaciones de víctimas deben tener el apoyo   Primera Instancia que conocen de la capacidad de las personas.
                     y reconocimiento, incorporándolas a la tarea de la prevención y a   Siempre bien entendido que dotando a juzgados y fiscalía de los
                     jugar un papel social como lo desempeñan las víctimas de los ac-  recursos suficientes para llevar cabo su tarea. Esta especialización
                     cidentes de tráfico.                                  de los órganos jurisdiccionales facilitaría la tramitación de estos
                                                                           procesos con mayor celeridad, facilitando a su vez la especializa-
                     La realidad social, y económica actual, evidencia una situación de   ción de sus titulares que, al igual que en el caso de los fiscales en
                     desprotección de grandes sectores de trabajadores y especialmen-  la actualidad, adquirirían la mayor competencia en la materia, algo
                     te trabajadoras y que, en algunos casos, alcanza incluso a los me-  que es necesario en el complejo mundo de las relaciones jurídicas
                     nores de edad, debido a la precariedad originadas por las diversas   en la actualidad.
                     crisis, económica y pandémica, y por las nuevas formas de trabajo
                     fraudulentamente calificado como trabajo autónomo, que, en rea-  Y en el caso del Ministerio Fiscal, igualmente, sería deseable que
                     lidad enmascara formas de explotación laboral; la especial situa-  el Fiscal pudiese intervenir, como parte en defensa de la legalidad,
                     ción de vulnerabilidad de las mujeres en general y en particular en   en los procesos de la Jurisdicción Social derivados de accidentes
                     sectores ligados a los trabajadores/as temporeros, o a los/as que   de trabajo y de la enfermedad profesional, como ahora actúa en los
                     trabajan en sectores donde la subcontratación que no facilita la   casos de tutela de derechos fundamentales y otros, y en el recurso
                     articulación de contratos de trabajo debidamente regularizados en   de casación ante la Sala IV del Tribunal Supremo, pues no solo los
                     el sector en el que se desempeña sus tareas, es un ejemplo tipo de   accidentes de trabajo y la enfermedad profesional se expresan
                     estas situaciones.                                    penalmente, sino que una parte muy importante de los derechos se
                                                                           ejercitan ante la Jurisdicción Social
                     Esta aproximación a la realidad social, y las competencias con que
                     actualmente cuenta la Unidad especializada del Ministerio Fiscal,   Y siempre, y en todo caso, cualquier modificación debe ir acompa-
                     nos mueve a plantear si no sería conveniente al servicio público, y   ñada de una memoria económica realista que posibilite, de verdad,
                     en el marco de lo que establece la Constitución y la Ley, avanzar en   que se puede llevar a cabo lo pretendido, y que no quede como una
                     una ampliación de las competencias atribuidas de forma especiali-  atribución nominalista, que solo conseguiría estropear el trabajo
                     zada para la investigación e intervención en los juicios orales en   que se hace actualmente, y crear unas expectativas que defrauda-
                     aquellos casos en que se vulneran los derechos de los trabajadores/  rían la actuación de la justicia en esa materia, contribuyendo así a
                     as, no solo los que se refieren a lo ya actualmente comprendido en   la desprotección material de los derechos que se tratarían de pro-
                     los artículos que castigan los accidentes de trabajo, sino a los re-  teger y defender.
                     cogidos en el Titulo XV del código penal, título debidamente ajus-
                     tado al bien jurídico protegido como son los derechos derivados de   Pero es necesario resaltar otra vez, y volviendo a la siniestralidad
                     la condición de trabajador, sino incluyendo, también, los relativos   laboral en el momento presente, un aspecto primordial que nos
                     a los delitos de acoso laboral y fraudes a la seguridad social.  parece de la mayor importancia, y es la necesaria conciencia social
                                                                           del grave problema que constituyen en estos momentos los acci-
                     Como hemos dicho, reiteradamente desde la Unidad de coordina-  dentes de trabajo y las enfermedades profesionales. A diferencia
                     ción, esto no significa, ni quiere decir, que los delitos contra los   de lo que ocurre, por poner un ejemplo de referencia a la que ya
                     derechos de los trabajadores no se persigan, lo que planteamos,   hemos aludido, con la siniestralidad vial, la laboral carece de la
                     a modo de reflexión necesaria, es que se persigan desde una es-  repercusión y valoración social de su gravedad. Por eso, y volvemos
                     pecialización que favorezca la actuación del Ministerio Fiscal. De   a insistir, se deberá articular un gran pacto social estatal en el que
                     igual modo que sería deseable que el CGPJ residenciara en órga-  se incluyan organizaciones sociales de trabajadores, empresarios,
                     nos únicos, la instrucción y enjuiciamiento, estos delitos, de forma   la propia Administración Pública, y sobre todo las Asociaciones de
                     sencilla, pues para ello no es necesario modificar la LOPJ para   Víctimas, a las que hay que prestar la atención que merecen, y
                                                                           mediante la colaboración de los medios de comunicación, hacer
                                                                           visibles las dolorosas consecuencias de los accidentes de trabajo,
                       Sería deseable que el Fiscal                        para que una conciencia social generalizada ponga freno a esta
                                                                           dura realidad. Y, de paso, que esa misma conciencia social ponga
                       pudiese intervenir, como parte                      en evidencia que la precariedad laboral, o la desigualdad de géne-
                                                                           ro en el trabajo, son fuentes principales generadoras de accidentes
                       en defensa de la legalidad, en                      y enfermedades profesionales.

                       los procesos de la                                  En definitiva, desde el Ministerio Fiscal y en este momento, desea-
                                                                           ríamos trasmitir una idea que se nos antoja fundamental y es que
                       Jurisdicción Social derivados                       no solo en el marco de la actuación de la justicia y del código penal,
                       de accidentes de trabajo y de                       instrumentos legales imprescindibles por otra parte, se ha de tra-
                                                                           bajar contra la siniestralidad laboral, sino que debe ser, también,
                       la enfermedad profesional                           desde el esfuerzo de conciencia y responsabilidad social, que com-
                                                                           pete no solo a los Poderes Públicos, sino que debe involucrar, cons-
                                                                           cientemente, a toda la sociedad.  •









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