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A R T Í C U L O S DE
O P I N I Ó N
condiciones laborales y los niveles retributivos establecidos en el Protección de los derechos de las personas trabajadoras
convenio vencido mientras se negocia uno nuevo, plasmando en la durante la suspensión del contrato de trabajo
ley lo que ya era práctica mayoritaria en el contenido de los conve-
nios (según el estudio de Comisión Consultiva Nacional de Conve- La pandemia demostró que había otra manera de afrontar las crisis
nios Colectivos de noviembre de 2021, el 63,7% de los convenios económicas. Hasta la grave crisis sanitaria desatada por el Co-
tiene una ultraactividad que se prolonga hasta la firma de un nuevo vid-19, nuestro país trataba de superar las crisis económicas por
convenio colectivo). Segundo, se proporciona la serenidad y el so- medio de la flexibilidad externa, es decir, mediante el despido y la
siego necesario para la negociación del próximo convenio colectivo. destrucción de puestos de trabajo. A ello había ayudado, sin duda,
las últimas reformas laborales, de forma muy especial la del gobier-
También se suprime la prioridad aplicativa del convenio colectivo no conservador de 2012, que facilitó los despidos colectivos (elimi-
de empresa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o nando las autorizaciones administrativas) y desequilibró la balanza
de ámbito inferior en materia de regulación de la cuantía del salario negociadora en favor de las empresas.
base y de los complementos salariales, incluidos los vinculados a
la situación y resultados de la empresa. Expresado de manera más La activación por el Gobierno del denominado escudo social, que
simple, el convenio de sector recobra el protagonismo en materia contó con el apoyo y respaldo de sindicatos y asociaciones empre-
retributiva, haciendo que millones de trabajadores de microempre- sariales y que es otro éxito del diálogo social, supuso defender la
sas y pymes vuelvan a tener el paraguas del convenio sectorial dignidad y aportar tranquilidad a las personas trabajadoras en
como referente de mínimo salarial e impidiendo el dumping social. momentos de especial incertidumbre. Parte fundamental de ese
escudo fue la apuesta por la flexibilidad interna a través de los
La reforma laboral ha afrontado la necesidad de fijar normas es- ERTES por fuerza mayor y por causas ETOP. Así, más de tres millo-
pecíficas para determinar el convenio colectivo aplicable en los nes de personas trabajadoras se vieron protegidas por los ERTEs
supuestos de subcontratación. En este caso se optó por concretar por causa COVID-19 en el momento de mayor impacto del virus.
que resultará de aplicación a las empresas contratistas y subcon-
tratistas el convenio colectivo del sector de la actividad desarro-
llada en la contrata o subcontrata, salvo que la subcontrata dis- Proteger a las personas trabajadores ayuda a superar antes
ponga de un convenio colectivo propio, en cuyo caso resultará de y mejor las crisis económicas
aplicación este último.
El éxito de la gestión de la pandemia debe suponer que nuestro país
La nueva regulación permite extraer dos conclusiones. Primera, no vuelva a tratar de salir de crisis coyunturales a través de la ge-
que, aunque se aplique el convenio colectivo de empresa este no neralización de despidos colectivos, la decisión estructural más
dispondrá de prioridad aplicativa en materia salarial, como se aca- traumática posible que se puede adoptar en una empresa. Por ello,
ba de poner de manifiesto; lo que constituía la principal razón por la reforma laboral de 2021 realiza una apuesta clara por la flexibi-
la que las empresas subcontratistas, especialmente las empresas lidad interna como herramienta de mantenimiento de puestos de
multiservicio, habían emprendido una carrera por la devaluación de trabajo ante futuras crisis.
las condiciones salariales. Segundo, que se fija la regulación que
establece que el convenio de aplicación es el de la real y verdade- La modificación del artículo 47 ET, en consecuencia, busca fijar un
ra actividad ejercida por los trabajadores y trabajadoras en relación régimen jurídico estable y perdurable en el tiempo que permita
con la prestación de servicios por la contrata o subcontrata a la ofrecer una respuesta a las futuras crisis económicas sin recurrir
empresa cliente, está contribuyendo a poner coto a la precarización a la flexibilidad externa o despidos en momentos depresivos del
de las condiciones laborales en la subcontratación y especialmen- ciclo económico. En primer lugar, para incentivar la suspensión
te, en las empresas multiservicios que, centraron su negocio en la del contrato, por ejemplo, se ha dispuesto la reducción de la co-
reducción de salarios y en la precarización de sus trabajadores y tización a la Seguridad Social –desde un 20% en los ERTEs por
trabajadoras, y que gracias a la reforma ya no pueden esquivar la causas ETOP hasta el 90% de los ERTEs motivados por decisiones
aplicación del convenio sectorial de la concreta actividad que de- adoptadas por la autoridad pública competente–. Obviamente, la
sarrollen las personas trabajadoras. Y ello, aún en el caso de que solidaridad en el mantenimiento de los puestos de trabajo debe
la empresa subcontratada cuente con convenio propio dado que, suponer y supone un compromiso de mantenimiento de puestos
gracias a la prioridad aplicativa del convenio de sector en materia de trabajo de 6 meses. Si se produjese un incumplimiento por
salarial, dicho convenio en ningún caso podrá rebajar las condicio- parte empresarial, se deberá reintegrar el importe de las cotiza-
nes en materia retributiva que establezca el convenio de sector. ciones de cuyo pago resultaron exoneradas en relación a la per-
Finalmente, la reforma laboral cumple con un último objetivo de
vital relevancia en la reactivación de la negociación colectiva. La Nuestro país trataba de
reforma laboral de 2021 realiza una apuesta univoca por la nego-
ciación colectiva sectorial. Así, dicha acción se concreta en diversas superar las crisis económicas
reservas a este nivel de negociación para afectar de forma muy
relevante a las relaciones laborales. por medio de la flexibilidad
Son, por tanto, diversas y muy relevantes las materias reservadas externa, es decir, mediante el
al nivel sectorial de negociación. La reforma ha querido resituar el
centro de gravedad de la negociación y devolverlo al nivel sectorial, despido y la destrucción de
donde los sindicatos tienen una mayor capacidad de control y de
interlocución, dado el tamaño predominantemente pequeño de las puestos de trabajo
empresas en nuestro país.
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