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               El marco laboral actual, globalizado y digitalizado, genera proble-
               mas específicos para los trabajadores/as que quieran denunciar o
               informar sobre posibles irregularidades. En algunos países de la UE
               no existe ninguna protección formal para los denunciantes, y el
               enfoque de la protección varía mucho en función de las diferentes
               normas culturales, la historia y las circunstancias económicas y
               políticas de cada territorio. Solo 19 de los 28 países de la UE han
               promulgado leyes que protegen parcialmente a los denunciantes.
               Sin embargo, ninguna de estas leyes cumple, en su totalidad, las
               convenciones y normas europeas e internacionales. Por este moti-
               vo, se hacía necesaria una armonización en la protección de los
               informantes.

               La Comisión Europea estima que la pérdida de beneficios potencia-
               les debido a la falta de protección de los informantes, sólo en la
               contratación pública, se sitúa entre 6.000 y 10.000 millones de
               euros al año.

               Por todo lo expuesto, desde 2016, en Eurocadres –organización
               sindical europea asociada a la CES que representa a 6 millones de
               profesionales y directivos en toda Europa– veníamos pidiendo una
               directiva que protegiera, a nivel europeo, a los informantes, ya que
               nuestros/as miembros son, principalmente, profesionales y directi-
               vos/as que desempeñan sus trabajos realizando exigentes tareas y
               gestionando, a menudo, información confidencial. La necesidad de
               que la UE actuara en los 28 Estados miembros se hacía cada vez
               más urgente y obvia a medida que los denunciantes revelaban, con
               cada vez más frecuencia, la existencia de casos de corrupción
               grave, así como el daño causado por actos ilícitos y/o negligencias,
               acciones que ya no quedaban confinadas a las fronteras nacionales.
               El hecho objetivo es que el riesgo de incurrir en malas conductas
               existe y la necesidad de informar sobre las mismas también; por
               ello, queríamos asegurarnos de que los trabajadores/as que pre-
               sencien, sean testigos o tengan conocimiento de algún tipo de
               abuso, se atrevan a denunciar de manera segura y sin miedo a re-
               presalias. Decidimos poner en marcha la campaña Whistleblower-
               protection.eu con la que, a lo largo de dos años, conseguimos atraer
               a casi 90 organizaciones sindicales y civiles y hemos realizado dos
               peticiones de firmas que han llegado a superar las 180.000 rúbricas.

               El pasado 16 de abril, el Parlamento Europeo adoptó la Directiva de
               protección a los informantes con una abrumadora mayoría (591
               votos a favor, 29 en contra y 33 abstenciones). El nuevo Parlamen-
               to Europeo tendrá que adoptarla formalmente y, una vez sea publi-
               cada en el Diario Oficial a finales de este año, los Estados miembros
               tendrán dos años para transponerla a su correspondiente legisla-
               ción nacional. Su ámbito de aplicación será a países de la UE y, por
               lo tanto, será particularmente importante que se amplíe el alcance
               de su implementación nacional.





                  El hecho objetivo es que el

                  riesgo de incurrir en malas

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