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CAMBIO DE PARADIGMA
EN EL MERCADO
LABORAL
Yolanda Díaz. Vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y
Economía Social.
Reformar el ordenamiento laboral para combatir los males endé- Nada justificaba el
micos del trabajo en España era, aparentemente, un imposible. Algo
así como mezclar el agua y el aceite. Medio centenar de reformas, monocultivo de la
la mayoría de ellas a espaldas del diálogo social y con grave coste temporalidad al que
para la paz social en nuestro país, no lograron que España dejara de
ser un planeta lejano que había hecho de la precariedad la única estábamos sometidos en
forma de habitar en los puestos de trabajo. Fue lo que se llamó la
cultura de la temporalidad que acabó impregnándolo todo y que detrimento, por cierto, de las
estaba tan instalada en la práctica cotidiana de nuestras relaciones
laborales que parecía casi una seña de identidad. personas trabajadoras, pero
Nada más lejos de la realidad. Cambiar las cosas era posible y era también de las empresas de
posible hacerlo de la mano del diálogo social. Ni el argumento del
modelo productivo, ni las características del mercado de trabajo… nuestro país
nada justificaba el monocultivo de la temporalidad al que estába-
mos sometidos en detrimento, por cierto, de las personas trabaja-
doras, pero también de las empresas de nuestro país. A nadie be-
neficiaba la disparatada temporalidad que nos asolaba y cambiar
las cosas era cuestión de proponérselo, abandonando la senda de
los cambios tímidos que eran, en la práctica, cómplices de la pre-
cariedad.
Por este motivo el objetivo fundamental de la reforma laboral re-
gulada en el RDL 32/ 2021 de 28 de diciembre, convalidado el 3 de
febrero de 2022, era el de acabar con esta anomalía laboral que
arrastraba nuestro país desde 1984 al menos: sufrir una tasa de
temporalidad injustificadamente alta que distorsionaba gravemen-
te el funcionamiento no solo del nuestro mercado de trabajo sino
del conjunto de la economía.
Han pasado apenas 21 meses desde entonces, un tiempo corto,
pero ya se puede afirmar que la reforma laboral ha logrado su ob-
jetivo principal de reducir el abuso de la contratación temporal.
La reforma ha modificado de forma radical el modelo de contrata-
ción con una rapidez e intensidad inusitada, que contrasta con el
fracaso de las diferentes reformas previas que se aplicaron en las
décadas anteriores. El RDL 32/2021 tiene como elemento central
un cambio estructural en el modelo de contratación en nuestro país,
restringiendo la de carácter temporal y potenciando la contratación
estable, bajo el principio de que sea la naturaleza del puesto de
trabajo la que determine el tipo de contrato.
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